El pasado 23 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera. Este cambio normativo no llega solo: es el complemento operativo de la profunda reforma a la Ley Aduanera que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2026, y que busca transformar por completo la manera en que operan las aduanas en México.
El objetivo es claro: modernizar los procesos, cerrar los espacios a la evasión y al contrabando, y aprovechar la tecnología para que el Estado pueda recaudar más sin necesidad de crear nuevos impuestos. Sin embargo, el camino hacia este nuevo esquema implica retos importantes para importadores, exportadores, transportistas y, especialmente, para los agentes aduanales.
¿Qué cambia con el nuevo reglamento?
La reforma al Reglamento no introduce figuras completamente nuevas, sino que detalla cómo se aplicarán en la vida diaria los cambios aprobados en la ley publicada en noviembre de 2025. Los ejes principales son:
Digitalización total: el fin del papel
La reforma consolida el uso del Sistema Electrónico Aduanero (SEA) como la columna vertebral de todos los trámites. Esto significa que la información y documentación deberá enviarse de forma digital, en muchos casos incluso antes de que las mercancías lleguen físicamente a la aduana.
Una de las novedades más relevantes es la integración del expediente electrónico. Los agentes aduanales, importadores y exportadores están obligados a implementar procedimientos de control interno para conservar digitalmente toda la información que respalde sus operaciones. Ya no basta con tener un archivo físico: la autoridad podrá acceder a estos expedientes de manera remota cuando lo requiera.
Además, se refuerza la obligación de transmitir la carta de crédito en formato electrónico o digital, y se establecen reglas más claras para la prevalidación electrónica de datos a cargo de terceros autorizados.
Control y trazabilidad en tiempo real
El nuevo marco normativo exige que las empresas cuenten con sistemas tecnológicos integrales que permitan el monitoreo y la trazabilidad de las mercancías en tiempo real.
Esto es especialmente relevante en los Recintos Fiscalizados Estratégicos (RFE), donde se requerirá videovigilancia y control electrónico de inventarios con acceso remoto para la autoridad. La lógica es simple: si la autoridad puede «ver» lo que ocurre con las mercancías en todo momento, se reducen drásticamente las oportunidades para el desvío o la introducción ilegal de productos.
En el caso del transporte, las empresas concesionarias de transporte ferroviario ahora deberán transmitir a través del SEA el aviso de arribo de las mercancías cuando salgan del territorio nacional. Para los transportistas de carga en general, la legislación implica compartir el monitoreo de sus unidades en tiempo real con las autoridades aduaneras.
Responsabilidad compartida y más estricta
Uno de los cambios que más ha dado de qué hablar es el reforzamiento de la responsabilidad de los agentes y agencias aduanales. La reforma elimina prácticamente las causas excluyentes de responsabilidad, lo que significa que los agentes aduanales son ahora corresponsables, junto con las empresas importadoras y exportadoras, de la veracidad de la información declarada.
El nuevo Capítulo II «Agencias Aduanales», dentro del Título Séptimo del Reglamento, establece con claridad:
- Los requisitos para obtener y mantener la autorización.
- Las obligaciones específicas durante la operación.
- Las causales de inhabilitación o cancelación.
Además, las patentes de agente aduanal ya no son vitalicias: ahora tienen una vigencia de 20 años y requieren certificaciones periódicas cada 3 años . Para dar certeza al proceso, se crea el Consejo Aduanero, un órgano colegiado que será el encargado de otorgar, suspender o cancelar las patentes.
Transparencia y combate a la corrupción
La reforma también busca que los actos de la autoridad sean más transparentes. Las convocatorias para obtener patentes, así como las autorizaciones otorgadas, deberán publicarse en el DOF, y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) publicará en su sitio web los listados de agencias inhabilitadas o canceladas.
En la misma línea, se fortalecen los mecanismos para evitar la subvaluación (declarar un valor menor al real para pagar menos impuestos) y se establecen sanciones más duras para quienes incurran en estas prácticas.
El impacto en los actores del comercio exterior
Para las empresas importadoras y exportadoras
La principal novedad es que ahora deberán invertir más en tecnología y en controles internos. La obligación de contar con expedientes electrónicos y sistemas de trazabilidad implica costos que muchas pequeñas y medianas empresas no habían considerado. Los expertos señalan que, aunque no hay nuevas contribuciones, sí hay costos de cumplimiento que pueden ser elevados.
Además, las empresas con programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) enfrentan requisitos más estrictos para la importación temporal de mercancías, y deberán acreditar que los procesos productivos se realizan conforme a lo declarado.
Para los agentes aduanales
Son, sin duda, los más impactados. La desaparición de las causas excluyentes de responsabilidad los coloca en una posición de mayor exposición legal. Si un importador comete un error o una omisión, el agente aduanal podría enfrentar sanciones que van desde multas hasta la cancelación de su patente.
Esto ha generado preocupación en el sector. Algunos especialistas advierten que los agentes podrían volverse más selectivos con sus clientes o incrementar sus honorarios para cubrir los riesgos adicionales.
Para transportistas y logística
Las empresas de transporte y mensajería también tienen nuevas obligaciones. La reforma establece requisitos más claros para la consolidación de carga y para las empresas de mensajería y paquetería, que deberán cumplir con sistemas de análisis de riesgo y acceso en línea para la autoridad.
En la práctica, los transportistas ya están implementando cambios. «La autoridad aduanera debe tener acceso a todos nuestros sistemas tecnológicos, debe conocer el monitoreo de las unidades en tiempo real», explicó Pedro Lozano, presidente de la Asociación de Transportistas de Carga de Nuevo Laredo . Esto implica inversiones en tecnología que, eventualmente, podrían trasladarse a los clientes.
Aunque la reforma a la Ley Aduanera ya está en vigor desde enero de 2026, y el Reglamento se publicó en febrero, el proceso de adaptación apenas comienza. Las autoridades tendrán que emitir lineamientos adicionales y resolver las dudas que surjan en la operación diaria.
Para las empresas, la recomendación de los expertos es clara: revisar sus procesos internos, invertir en tecnología y capacitación, y mantener una comunicación estrecha con sus agentes aduanales y asesores legales . El cumplimiento normativo ya no es una opción, sino la única vía para operar sin contratiempos en el nuevo entorno aduanero mexicano.

Fuente: SHCP – Reforma al Reglamento de la Ley Aduanera 2026
Fuentes:
- Legal, M. F. (2025, 30 septiembre). Reformas aduaneras | Paquete económico 2026. https://www.mijares.mx/noticias/reformas-aduaneras-paquete-economico-2026
- Aduanera, E. (2026, 23 febrero). Todo lo que debes considerar sobre el decreto que reforma el Reglamento de la Ley Aduanera – Estrategia. Estrategia Aduanera. https://estrategiaaduanera.mx/todo-lo-que-debes-considerar-sobre-el-decreto-que-reforma-el-reglamento-de-la-ley-aduanera/
- Amcp, C. (2026, 10 marzo). COMUNICADO 23/2026 DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento. Asociación Mexicana de Contadores Públicos. https://amcpdf.org.mx/comunicado-23-2026-decreto-por-el-que-se-reforman-adicionan-y-derogan-diversas-disposiciones-del-reglamento-de-la-ley-aduanera/
- Abigail, & Abigail. (2026, 3 febrero). “La reforma a la Ley Aduanera en México: ¿qué cambia y por qué importa?” – Blog CANACO. Blog CANACO – Blog de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México. https://ccmexico.com.mx/blog/la-reforma-a-la-ley-aduanera-en-mexico-que-cambia-y-por-que-importa/